InicioSociedad"CORONEL, María Elsa y ROMERO, Florentino S/ SUCESORIO AB INTESTATO" (Expte. n11380)

«CORONEL, María Elsa y ROMERO, Florentino S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. n11380)

EDICTO

Juzgado Civil y Comercial N° 6 de esta Ciudad de Concordia Entre Ríos, a cargo del Dr. Alejandro Daniel RODRIGUEZ Juez- y la Secretaria, Natalia GAMBINO [email protected] ha dispuesto en los autos caratulados «CORONEL, María Elsa y ROMERO, Florentino S/ SUCESORIO AB INTESTATO» (Expte. n°11380) citar por el termino de TREINTA DIAS CORRIDOS a los herederos y/o sucesores del causante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante María Elsa CORONEL DNI N° 2.021.799, vecina de esta ciudad de Concordia, Entre Ríos, fallecida en esta ciudad, el día 18 de Febrero de 2023 y de Florentino ROMER0, DNI N° 5.797.252 vecino de esta ciudad de Concordia -Entre Ríos, fallecido en esta ciudad, el día 03 de Octubre de 2024. La resolución que dispone el presente en su parte pertinente dice: «//CORDIA. 14 de octubre de 2025. VISTO.. RESUELVO: 1– TENER por presentados a los Sres. María de los Milagros MENDOZA, Marcos Marcelo MENDOZA, y Mauro Matías MENDOZA, en ejercicio de su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr. JORGE ROGELIO GODOY, con el domicilio real denunciado y procesal constituido, por parte, déseles intervención conforme a derecho. 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas, DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO de María Elsa CORONEL, DNI N° 2.021.799, fallecida en Concordia el día 18 de Febrero de 2023, y de Florentino ROMERO, DNI N°5.797.252, fallecido en Concordia el día 03 de Octubre de 2024, ambos vecinos que fueran de esta ciudad. 3. MANDAR a publicar Edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. 4.-… 5.- ..6.- CITAR mediante cédula a los herederos denunciados, GUSTAVO FABIAN ROMERO y JORGE ANTONIO ROMERO, para que en el término de TREINTA (30) DIAS CORRIDOS de notificados comparezcan a estos autos a tomar la intervención que legalmente les corresponda, bajo apercibimiento de ley. A tal fin, hacer saber que deberá denunciar los domicilios de los mismos a los fines de su notificación. 7. MANIFESTAR bajo juramento la inexistencia de otros herederos conocidos del causante. 8.- ACOMPAÑAR en soporte papel los originales de la documental presentada en soporte electrónico en fecha 09/10/2025 (art. 10 del «Reglamento N° de Presentaciones Electrónicas»), las que quedarán como constancias en estos obrados. 9.- COMUNICAR al Colegio de Abogados el incumplimiento del pago de estampilla por actuación letrada, y a la Caja Forense -mediante archivo digital- el incumplimiento del art. 46 Ley 9005, por parte del DR.JORGE ROGELIO GODOY, conforme Acuerdo General N° 21/194 del 01.07.14, Punto 59), en el marco de Actuaciones N° 20.252 caratuladas «Caja Forense Entre Ríos Implementación Nuevo Formato Boletas de Aportes en Juicios Regulados por Ley 9005». 10. CUMPLIMENTAR con el pago de la Tasa de Justicia cuyo formulario se pone a disposición. A lo demás, oportunamente 2.- NOTIFIQUESE…Fdo. Dr. Alejandro Daniel RODRIGUEZ, Juez Civil y Comercial..

Publíquese por tres días

Concordia 31 de octubre de 2025

 DRA. NATALIA GAMBINO SECRETARIA (Publicado los días 20, 21 y 22/11/2025)

Te puede interesar

Lo más visto

Más noticias
Noticias Relacionadas