El decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Eugenio Ribón, ha presentado este miércoles denuncia contra «ignorados miembros del Ministerio Fiscal» por presuntos delitos de revelación de secretos cometidos al difundir la Fiscalía Provincial una «nota informativa» en la que se daba cuenta del ofrecimiento de un pacto por parte del abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, dirigido a rebajar las consecuencias del fraude fiscal del que se le acusa. El Colegio no se dirige contra una persona en particular, sino que deja en manos del juzgado la determinación de la autoría de los hechos en relación con las responsabilidades penales que se denuncian.
A juicio del ICAM lo ocurrido en el caso de este empresario “ofrece indiciariamente caracteres constitutivos de un delito de revelación de secretos previsto en el artículo 417.2 CP, que sanciona el quebrantamiento por parte de una autoridad o funcionario público -en el caso que nos ocupa, del representante del Ministerio Fiscal-, del deber de sigilo y discreción que impone el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal”, señala la denuncia. Este tipo penal protege el “servicio que los poderes públicos han de prestar a la comunidad en relación con el deber de guardar sigilo riguroso respecto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo”.
La actuación, decidida el pasado lunes por la Junta de Gobierno, no concita el consenso de todos los abogados madrileños. Así, la Asociación Libre de Abogados (ALA) critica el despliegue de medios técnicos y humanos de la Junta de Gobierno del ICAM por un asunto concerniente a un colegiado, el abogado Carlos Neira -que fue quien hizo el ofrecimiento a la Fiscalía en nombre del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid-, que según ha reconocido el propio ICAM no ha pedido expresamente su intervención. Ello no tiene precedentes, aseguran.
Por ello, desde ALA señalan que el Colegio está siguiendo «intereses políticos y personales». «Consideramos que la actuación de la fiscalía es, en cualquier caso, reprobable, aunque pretenda justificarse como respuesta a anteriores informaciones que estaban siendo difundidas», agrega esta asociación, cuya representación en la institución tiene, no obstante, carácter minoritario.
No se dirigen contra Pilar Rodríguez
La denuncia del ICAM no se dirige contra la fiscal jefe, Pilar Rodríguez —si la acción penal se dirigiera contra personas concretas debería tener forma de querella- sino contra «el funcionario del Ministerio Fiscal que haya ordenado o consentido la publicación de la nota informativa de 14 de marzo de 2024 y/o del correo electrónico de 2 de febrero de 2024 en virtud del cual el Abogado del obligado tributario manifestó al Ministerio Público su intención de llegar a un pacto de conformidad con la pena solicitada por el mismo, pues es quien, teniendo conocimiento del secreto o de la información como consecuencia del cargo que desempeña, lo revela, haciéndolo público”.
Respecto a la autoría del presunto delito, el ICAM recoge en su denuncia que “el Ministerio Fiscal “ejerce sus funciones por medio de órganos propios”. Como quiera que tal nota emana de la Fiscalía Provincial de Madrid, habrá de estarse a la averiguación subjetiva de su autoría mediata o inmediata, sin perjuicio de ulteriores planteamientos de competencia objetiva por razón de la persona (eventual aforamiento).
En cuanto a la revelación de secretos en sí misma, la denuncia incide en que “no estamos ante el escenario de la declaración del secreto de actuaciones o de sumario, que no es el caso, sino el doble deber derivado del carácter reservado de las actuaciones, y de las actuaciones en las que el deber de sigilo o reserva son esenciales por la propia naturaleza de la acción a que se encamina la actuación del Ministerio Fiscal con el Abogado del obligado tributario, cuál es alcanzar un pacto de conformidad”.
“En definitiva, mediante esta actuación del Ministerio Fiscal, se produce una efectiva conculcación del derecho a un proceso con todas las garantías en su vertiente del derecho a un juez imparcial”, añaden, para concluir que la nota informativa “desbordó el deber de información” que quedaba acotado «con otra obligación superior, que es la preservación de la reserva y sigilo y es evidente que la misma se proyecta cuando se está en un proceso de negociación para llegar a una conformidad en el ámbito penal”.
También en el día de hoy, por parte del ICAM, se ha presentado una denuncia formal que inicia un procedimiento administrativo sancionador contra aquellos que hayan infringido gravemente lo estipulado en el artículo 62 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Además, ha remitido una comunicación formal al Consejo General de la Abogacía para que se revise el actual Protocolo de conformidad suscrito por la Fiscalía General del Estado para establecer mecanismos reforzados de confidencialidad.